Definición
La Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y Seguridad en el Trabajo del Patronato de Liberados fue creada por Resolución N° 54 de fecha 04 de mayo de 2011, en el marco de la Ley14.226.
La misma tendrá a cargo el diseño de políticas públicas en materia de Salud y Seguridad en el empleo, y el tratamiento de dicha materia en el ámbito de la jurisdicción. Atenderá, fundamentalmente, la prevención y protección de la vida y la salud de las personas que se desempeñan en el Organismo; mediante la evaluación y mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo con el fin de prevenir accidentes y promover la salud de los agentes.
Acta de la CJM_SST-PLB
Acta CJM SST PLB 15/03/2016
Funciones
Las principales funciones que desempeñará la Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y Seguridad en el Trabajo del Patronato de Liberados pueden resumirse en los siguientes ítems:
a) Proponer e impulsar mejoras progresivas en las condiciones y ambiente laboral de los trabajadores de la Jurisdicción.
b) Fomentar acciones de prevención y protección de la vida y la salud en el trabajo de todas las personas que se desempeñan en el Patronato de Liberados.
c) Promover el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias vigentes en la materia.
d) Participar en la elaboración de los contenidos en materia de salud y seguridad para generar un Plan de Capacitación Permanente y Sistematizado de los trabajadores de la institución.
e) Promover un Clima de permanente cooperación para contribuir a la prevención de los riesgos ocupacionales y al mejoramiento de las condiciones de trabajo.
f) Desarrollar acciones destinadas a informar y formar a los empleados y funcionarios públicos acerca de los riesgos ocupacionales existentes y las medidas más apropiadas de prevención, control o eliminación de los mismos.
g) Analizar y evaluar las sugerencias y reclamos realizados por los trabajadores ante la Comisión sobre temas vinculados a la Salud y Seguridad.
h) Conocer y analizar los daños producidos, en ocasión del trabajo, en la salud o en la integridad psicofísica de los trabajadores de la Jurisdicción; con el objetivo de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas adecuadas.
i) Participar en la elaboración o elección de las herramientas para el diagnóstico de los riesgos laborales de la Jurisdicción, y evaluar los resultados de dicho diagnóstico con el fin de elaborar el plan de prevención anual.
j) Colaborar en la organización de la vigilancia de la salud.
k) Promover la creación de los Comités Mixtos Locales en Salud y Seguridad,y la figura del Delegado de Prevención.
Representantes
Conformación de la Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo Público del Patronato de Liberados Bonaerense.
Por el Patronato de Liberados Bonaerense.
Representante de la Delegación de la Dirección Provincial de Personal
Representante de la Dirección de Servicios Auxiliares
Representante de la Dirección Contable
Representante de la Dirección de Capacitación
Representante de la Dirección Provincial de Regiones
Representantes de la Unión del Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.)
Representantes de la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.)
Asesor